Google+ Actualidad educativa: BOE 5 de septiembre de 2009. Títulos académicos.Técnico Superior. Agencias de Viajes y Gestión de Eventos.Guía, Información y Asistencias Turísticas

Bienvenidos a este Blog.

martes, 8 de septiembre de 2009

BOE 5 de septiembre de 2009. Títulos académicos.Técnico Superior. Agencias de Viajes y Gestión de Eventos.Guía, Información y Asistencias Turísticas

  • Real Decreto 1254/2009, de 24 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Denominación: Agencias de Viajes y Gestión de Eventos.
Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.
Duración: 2.000 horas.
Familia Profesional: Hostelería y Turismo.
Referente europeo: CINE-5b (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación).

Artículo 10. Módulos profesionales.
1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:
a) Quedan desarrollados en el Anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.
b) Son los que a continuación se relacionan:
0171 Estructura del mercado turístico.
0172 Protocolo y relaciones públicas.
0173 Marketing turístico.
0383 Destinos turísticos.
0384 Recursos turísticos.
0397 Gestión de productos turísticos.
0398 Venta de servicios turísticos.
0399 Dirección de entidades de intermediación turística.
0179 Inglés.
0180 Segunda lengua extranjera.
0400 Proyecto de agencias de viajes y gestión de eventos.
0401 Formación y orientación laboral.
0402 Empresa e iniciativa emprendedora.
0403 Formación en centros de trabajo.
2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

  • Real Decreto 1255/2009, de 24 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Guía, Información y Asistencias Turísticas y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Denominación: Guía, Información y Asistencia Turísticas.
Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.
Duración: 2000 horas.
Familia Profesional: Hostelería y Turismo.
Referente europeo: CINE-5b (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación).

Artículo 10. Módulos profesionales.
1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:
a) Quedan desarrollados en el anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.
b) Son los que a continuación se relacionan:
0171 Estructura del mercado turístico.
0172 Protocolo y relaciones públicas.
0173 Marketing turístico.
0383 Destinos turísticos.
0384 Recursos turísticos.
0385 Servicios de información turística.
0386 Procesos de guía y asistencia turística.
0387 Diseño de productos turísticos.
0179 Inglés.
0180 Segunda lengua extranjera.
0388 Proyecto de guía, información y asistencia turísticas.
0389 Formación y orientación laboral.
0391 Formación en centros de trabajo.
2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Aquí puedes dejar tu comentario: